- Vigencia de la inscripción en el Registro Municipal de Entidades de Bien Público:
Todos los años se debe presentar la documentación pos asamblearia, conforme lo establece la Ordenanza nº 4715/80
- Exención Tasa S.U.M. (Servicios Urbanos Municipales):
La solicitud de exención debe presentarse todos los años acompañada de la documentación correspondiente, dado que el otorgamiento tiene validez sólo para el año en curso, conforme a la Ordenanza Fiscal y Decreto Reglamentario.
- Condonación Tasa S.U.M. (Servicios Urbanos Municipales):
Otorgada una exención de esta Tasa, se puede solicitar la condonación de las deudas por períodos anteriores; siendo el Concejo Deliberante el órgano competente para la consideración y en su caso otorgamiento del beneficio hasta el porcentaje de exención que se hubiere otorgado, según lo establece la Ordenanza Impositiva vigente. - Asesoramiento:
Esta Dirección brinda asesoramiento en temas contables, normalizaciones, libros sociales, eximición de gravámenes, aval y apoyo en las tramitaciones en otras áreas del Municipio. - Certificaciones:
Se realizan certificaciones de firmas, copias y contenido de la documentación institucional a las entidades inscriptas en el Registro Municipal.
Desde esta gestión deseamos trabajar para el fortalecimiento y desarrollo de las entidades. Es nuestro objetivo constituir un espacio facilitador y de apoyo a sus acciones.
Informamos que resulta procedente que tanto los trámites como los servicios consignados se canalicen a través de esta Dirección, conforme las misiones y funciones asignadas por el Decreto Nº 1938/07 del Departamento Ejecutivo.
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